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Son las tareas o servicios que corresponden en forma exclusiva al municipio. En otras palabras, son el campo de acción natural del gobierno municipal.

  • Abastecimiento de agua potable
  • Alcantarillado
  • Alumbrado público
  • Recolección, tratamiento y disposición final de desechos sólidos
  • Mercados.
  • Caminos rurales y vías públicas urbanas.
  • Transporte de pasajeros y carga y sus terminales.
  • Licencias de construcción de obras públicas o privadas.
  • Parques, jardines y lugares de recreación

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Son las tareas que el gobierno central traslada al municipio para que se haga cargo de su prestación o regulación. El gobierno municipal debe expresar su aceptación y el traslado debe ir acompañado, obligadamente, de los recursos necesarios para cumplir con la actividad encomendada.

En el marco del proceso de descentralización (traslado de competencias a las municipalidades o a las comunidades, con participación de las municipalidades), el gobierno municipal se puede hacer cargo de competencias como la educación primaria, servicios de salud, extensión agrícola, control del tránsito, etc. (Artículo 68, 69 y 70 del Código Municipal).

Las municipalidades deben aprobar las normas reglamentarias que permitan regular los servicios públicos y atender o prestar esos servicios a la población, cobrando tasas o contribuciones equitativas y justas.